Ataque con ácido, de las formas más crueles de violencia contra las mujeres, después del feminicidio
Con el impulso de la bancada de Izquierda, el mes de octubre de 2022 se modificó el artículo 6to, párrafo II de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
Con esta modificación, la definición de violencia física en dicha ley quedó de la siguiente manera: «cualquier acto que inflige daño no accidental, usando la fuerza física o algún tipo de arma, objeto, ácido o sustancia corrosiva, cáustica, irritante, tóxica o inflamable o cualquier otra sustancia que pueda provocar o no lesiones ya sean internas, externas o ambas”.
Hasta el año 2021 solo 7 de los 32 estados del país han establecido en sus códigos penales que el ataque con ácido y sustancias corrosivas se incluyan como violencia de género, Aguascalientes, Baja California Sur, Ciudad de México, Estado de México, Hidalgo, Oaxaca y San Luis Potosí.
En las 25 entidades que no se ha tipificado esta agresión, como delito grave, dejan vulnerables a mujeres que son víctimas de este tipo de violencia física, ya que se tipificaría posiblemente por el delito de lesiones, en que la pena es muy baja o podría quedar impune.
Distintos grupos de hombres y mujeres organizadas exigen que los estados legislen de manera inmediata para que sea delito grave en todo México.